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    COMISIONES DE VERDAD Y RECONCILIACIÓN

    Las Comisiones de Verdad y Reconciliación datan de mediados del decenio de 1970. Estas comisiones desempeñaron un papel especialmente importante en América Latina (en países como Argentina y Chile), donde se crearon cuando se puso fin a las dictaduras militares.

    En los últimos años, hemos sido testigos de la proliferación de las Comisiones de Verdad y Reconciliación por todo el mundo, con algunos elementos comunes:

  • - el papel en la investigación o recopilación de información;
  • - el tipo de cuestiones que investigan: crímenes de lesa humanidad, con distintos grados de especificidad (algunas Comisiones sólo investigaron los casos de desapariciones, por ejemplo);
  • - el período exacto y la responsabilidad del Estado en las investigaciones.

  • (Sobre estas líneas) Una antigua cárcel colonial de Dili alberga ahora a la Comisión para la Recepción, Verdad y Reconciliación en Timor Oriental.
    (Sobre estas líneas, a la derecha) El arzobispo Desmond Tutu, entonces presidente de la Comisión de Verdad y Reconciliación de Sudáfrica, visita el CMI en 1998.

    VÉASE TAMBIÉN:
    "Overcoming violence and pursuing justice: an introduction to restorative justice procedures", Ecumenical Review, WCC, Geneva, April 2003, p. 151 – 157

    "Las Comisiones de Verdad y Reconciliación como estrategia democrática", presentación en la Panel 5: Estrategias democráticas para la solución de conflictos internacionales, Foro Social Mundial - Porto Alegre 24-28 de enero de 2003


    Las diversas Comisiones se han diferenciado en otros aspectos:

    • la presencia de expertos internacionales;
    • la concesión de amnistía a los autores que asistieron voluntariamente a las audiencias públicas de la comisión, como sucedió en la Comisión de Verdad y Reconciliación de Sudáfrica;
    • las relaciones con los procedimientos penales ordinarios.

    Es interesante señalar que se añadió la palabra "Reconciliación" al nombre de estas Comisiones. Las Comisiones de la Verdad han servido para tratar asuntos relacionados con las violaciones de los derechos humanos en más de veinte países durante los últimos tres decenios. Pero, recién en el último decenio, a imitación de la Comisión de Verdad y Reconciliación de Sudáfrica, estos dos conceptos se convirtieron en la "marca registrada" de las iniciativas.

    Si bien los momentos memorables del proceso de reconciliación tienen que ver con personas, algunos de estos momentos brindan, de acuerdo con la interpretación de las iglesias cristianas, determinados criterios de discernimiento para lograr una verdadera reconciliación.

    Uno de ellos es el momento de la confesión, en la que el pecador reconoce que ha cometido el pecado y pide perdón. La confesión incluye el reconocimiento de la violación, del daño ocasionado y la admisión de la propia responsabilidad.

    "La verdad no es algo fijo, ni abstracto, ni un valor absoluto, 'Veritas', sino algo que se construye dolorosamente al compartir los recuerdos, las experiencias, la tristeza y la esperanza". (Guillermo Kerber)

    La reconciliación de la sociedad constituye uno de los requisitos para poner en marcha los procedimientos de la justicia reparadora. En el plano de la comunidad, queda bastante claro que las metodologías de estos procedimientos tienen por objeto no sólo restablecer las relaciones entre víctimas y victimarios, sino también dentro del conjunto de la comunidad. Pasar del plano comunitario al nacional y al internacional en la aplicación de los procedimientos de la justicia reparadora sigue siendo un desafío enorme.

    El proceso de exponer sus relatos y casos ante un tribunal y ante el público constituye en sí mismo un proceso de restablecimiento de la dignidad humana. Cuando se es testigo de procedimientos en los que se prestan declaraciones, es posible observar cómo cambian las expresiones de los rostros de las víctimas y, en algunos casos, de los victimarios.

    Desde la concepción teológica cristiana, "la verdadera reconciliación es un proceso escatológico que no alcanza la perfección a lo largo de la historia, sino que constituye una meta que, si bien es imprescindible, es imposible de alcanzar" ((COMBLIN, Joseph, Teología de la reconciliación, Conferencia en el Congreso de Teólogos Moralistas, celebrado en América Latina en enero de 2002).

    Si bien la reconciliación perfecta es inalcanzable, constituye un requisito permanente. En otras palabras, el círculo de la reconciliación es abierto, no cerrado.


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